sábado, 4 de marzo de 2017


¡Alto a las punitivas y tramposas evaluaciones en el 2017!


El grupo empresarial “Mexicanos Primero”, la SEP y el INEE amenazan de nuevo. A pesar de la crisis neoliberal y de las amplias movilizaciones contra el gasolinazo y el fenómeno Trump, emprenden una nueva embestida contra el magisterio nacional tratando de ejecutar nuevos periodos de punitivas evaluaciones; en su mente está incluir nuevos “no idóneos” para candidatos al cese. Después de que con la reforma educativa anularon todos los derechos a los maestros y decretan que el acto de educar está fuera del marco jurídico constitucional, imponen a antojo reiterativos procesos de punitivas evaluaciones (Art. 7, I y II LGSPD), interpretan unilateralmente la ley (Art.67, LGSPD) y cambian los lineamientos a capricho (Art. 7, III LGSPD) para ejecutar sus agresivos propósitos.

Durante todos los procesos anteriores de las evaluaciones han ocurrido un sinnúmero de irregularidades: en el transcurso de convocatorias, notificaciones (fuera de tiempo, emitida por autoridades no competentes, dos o tres notificaciones cuando sólo se señalaba una, formas arbitrarias y no públicas de selección de los sustentantes, no información sobre bibliografías ni guías, que menciona la misma ley). En general, se han dado graves coacciones y acciones ilegales desde la propia autoridad, un incuestionable proceso de punitividad, militarización, amenazas, intimidación, ausencia de la pedagogía en el examen, reconocido por la propia SEP y el INEE en el comunicado 47 del 25 de agosto de 2016 de las deficiencias del proceso y que obliga a la posposición de la segunda evaluación hasta noviembre del 2016 y a declararla temporalmente no obligatoria.

El magisterio nacional requiere conocer a detalle el transcurso de las evaluaciones: La primera aplicación de la Evaluación del Desempeño Docente en noviembre de 2015 fue considerada obligatoria, con esta consideración se coacciona al primer grupo de profesores notificados de los niveles de educación básica y media superior. Miles de maestros resistieron con dignidad y no acudieron a ninguna de las 4 etapas de la evaluación.

Y aunque hubo intentos de sanción por las autoridades, ante la inasistencia a la evaluación, se ha mantenido una consistente defensa jurídica y política y en muchos casos se ha logrado evitar el cese acreditando deficiencias en los procesos de notificación. El Calendario 2015 de Evaluaciones del Servicio Profesional Docente publicado el 26 de febrero de 2015 fue modificando varias veces, siendo la última el 15 de enero de 2016. Los lineamientos para llevar a cabo la evaluación del desempeño docente en 2015-2016, publicados el 7 de abril de 2015 igualmente fueron reajustados el 25 de enero de 2016, por eso se hace necesario tener el conocimiento puntual de la vigencia de las punitividades de la SEP.

El Calendario y los Lineamientos aplicables son claros: la convocatoria al personal notificado en la evaluación del desempeño 2015-2016 (1er Grupo) fue el 30 de octubre de 2015 (notificaciones posteriores fueron ilegales); la aplicación de las evaluaciones del desempeño en educación básica y media superior del 1er Grupo (2015-2016) fue vigente hasta el 31 de diciembre de 2016 (punto 47 del Calendario). Es decir, notificaciones, amenazas, coacción e intimidación que intenten las autoridades educativas locales en educación básica y media superior para que quienes resistieron la aplicación de la evaluación del 1er Grupo, acudan ahora, son ilegales. En 2016 el 2o Grupo fue voluntario, y el 3er Grupo (2017) lo seleccionarán antes del 30 de junio de 2017, y pretenden considerarlo obligatorio.

PUNTOS A CONSIDERAR PARA LOS INTENTOS DE APLICAR LA EVALUACIÓN DE LA PERMANENCIA CICLO ESCOLAR 2016-2017 Y LA EVALUACIÓN 2017 TERCER GRUPO.

- Si el patrón convoca más de 2 ocasiones es ilegal, solo puede convocarse una vez por ciclo escolar, partiendo de que es un solo proceso de evaluación por año escolar, de acuerdo con las modificaciones de 25 de enero de 2016 a los lineamientos para la permanencia LINEE-05-2015. Por lo tanto, cualquier convocatoria “extemporánea” para evaluación es ilegal. Los lineamientos son claros al enviar al calendario publicado por el INEE para la práctica de los procesos de evaluación, siendo la próxima, la prevista en noviembre de 2017.

- La evaluación para el segundo grupo (educación básica y media superior), para la permanencia, se realizó de manera voluntaria en noviembre de 2016. Los lineamientos aplicables no señalan convocatorias posteriores para esta evaluación, en consecuencia, cualquier llamado está fuera del marco legal.


- Los que fueron tramposamente “invitados” a evaluarse en el proceso 2015:
a) Los que se mantuvieron en digna resistencia por las evidentes irregularidades de la evaluación y ahora siguen un proceso jurídico respaldado.
b) Los que continúan en sus centros de trabajo, no pueden volver a ser convocados como parte de la evaluación 2015. Ésta ha pasado y también la vigencia de sus lineamientos en cuanto al llamado al primer grupo de evaluación.
c) Tampoco pueden ser convocados como parte del segundo grupo de evaluación porque en este grupo la evaluación fue voluntaria. Sólo para quienes decidieron participar en este proceso. El sustento, el comunicado 47 del INEE del 25 de agosto de 2016.
d) Intentarán ilegalmente llamarlos en el tercer grupo de evaluación. Igualmente es indebida la convocatoria en febrero, pues el llamado para la punitiva evaluación está señalado para el 30 de junio de 2017.

- El INEE, en su calendario, refiere que dará a conocer los lineamientos el 23 de febrero de esta anualidad, aunque los lineamientos para la permanencia para el ciclo escolar 2016-2017 están publicados desde el 4 de mayo de 2016. Con esta acción arbitraria desatienden sus propias leyes, a la par que quebrantan el derecho a la seguridad jurídica de los docentes.

- Una “invitación” para la evaluación es eso, una simple “invitación”, por lo tanto, una trampa, no reviste ningún carácter jurídico y mucho menos de notificación para evaluación.

LOS EFECTOS DEL COMUNICADO 47

- Se hace necesario conocer los efectos del comunicado 47 del INEE, sólo operaron para la aplicación del examen en noviembre 2016, tales como la voluntariedad para la evaluación. Sólo fueron llamados a participar en el segundo grupo de evaluación los que de manera voluntaria decidieron hacerlo, y los obligados a participar, como los “no idóneos” en su segunda oportunidad y los evaluadores a certificarse. Este comunicado menciona además el reconocimiento de las deficiencias en el proceso de evaluación 2015 y su consecuente modelo de evaluación para el ciclo escolar 2017-2018.

¿CUÁNDO LA AUTORIDAD VIOLA SU PROPIA LEY?

- Cuando te notifica persona o institución diferente a la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, la obligada a notificar, de acuerdo con los LINEE-09-2016, en relación con los LINEE-05-2015, es la Secretaría de Educación Pública a través de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente. Con tiempo correcto de anticipación.

- Las autoridades locales (Secretarías de Educación en los Estados) sólo informarán de las fechas y sedes de aplicación del examen de evaluación. Con “oportuno” tiempo de anticipación y no un día antes.

- Cuando llaman a evaluaciones extemporáneas o a evaluaciones que no aparecen en el calendario del INEE ni en los Lineamientos respectivos.

- Asimismo, se debe informar sobre las características de la evaluación, las modalidades, las etapas, aspectos, métodos, instrumentos y procedimientos de la evaluación, guías de estudio, procedimientos de calificación, la forma de publicación de los resultados, y otros elementos que la Secretaría de Educación Pública y el INEE determinen. Todo ello en tiempo oportuno. No unos días antes de la evaluación en cualquiera de sus etapas.

De acuerdo a los resultados de la autoridad que ya viene realizando acciones punitivas se entiende que se regirá con los lineamientos del 04 mayo 2016 que se publicaron para imponer la evaluación del desempeño del personal docente, técnico docente y de quienes ejerzan funciones de dirección y supervisión en educación básica y media superior en el ciclo escolar 2016 - 2017. (LINEE-09-2016). Cuyo examen de conocimientos y habilidades pretenden aplicarlo en próximo noviembre 2017.

Por lo tanto, la evaluación prevista para 2017, el INEE intenta aplicarla pese a reconocer múltiples deficiencias en el proceso de evaluación de 2015 y 2016, el de 2017 será un proceso con iguales carencias en la evaluación, lo que vulnera los derechos humanos, como el libre ejercicio de la profesión, la progresividad, la seguridad jurídica y la dignidad humana. Estas carencias han sido manifiestas en el punitivo examen, que es: sumativo, terminal, unilateral, inseguro, impositivo, vertical, externo, ambiguo, lineal e imparcial, con el mencionado agregado de la punitividad, no hay razón alguna para buscar en la reforma educativa y sus medidas, en este caso el examen, una solución al problema educativo y en el aspecto de los derechos están anulados para los maestros, por lo que se hace necesario realizar toda la organización política, pedagógica para echar abajo, las punitivas evaluaciones y su reforma educativa y junto al pueblo nos integremos para echar abajo el gasolinazo.

FRATERNALMENTE

POR LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DEL PUEBLO

RESISTIR, OCUPAR, EDUCAR, TRANSFORMAR, CONSTRUIR PODER POPULAR

COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEMOCRÁTICO DEL SNTE EN LUCHA

CONGRESO NACIONAL DE BASES

MOVIMIENTO DEL MAGISTERIO DEMOCRÁTICO NACIONAL

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